sábado, 16 de marzo de 2013

Uruguay: justicia sin revancha

Uruguay: justicia sin revancha El fallo de la Suprema Corte uruguaya entendió que no se puede declarar la irretroactividad de las leyes penales, cualquiera que sea su naturaleza El 22 de febrero pasado, la Suprema Corte de Justicia de Uruguay, por cuatro votos contra uno y en una extensa y bien fundada sentencia, declaró la inconstitucionalidad de dos artículos de una ley sancionada con los votos de los legisladores del Frente Amplio a fines de 2011, con la que se pretendía eliminar la llamada "ley de caducidad". Como se recordará, la ley de caducidad de la pretensión punitiva del Estado, conocida popularmente como "ley de caducidad", es una norma dictada en Uruguay en 1986, y refrendada por la ciudadanía en 1989 y 2009, por la cual se estableció la caducidad del "ejercicio de la pretensión punitiva del Estado respecto de los delitos cometidos hasta el 1° de marzo de 1985 por funcionarios militares y policiales, equiparados y asimilados por móviles políticos o en ocasión del cumplimiento de sus funciones y en ocasión de acciones ordenadas por los mandos que actuaron durante el período de facto". En su fallo, la Suprema Corte del país vecino entendió que la norma referida transgredía, entre otros, los principios de legalidad e irretroactividad de la ley penal más gravosa, lastimando así, muy seriamente, la noción de seguridad jurídica, que es un valor esencial y central de las democracias. Hablamos, además, de una ley que había sido objeto específico de dos pacíficas y trasparentes consultas populares. En ambas oportunidades los uruguayos votaron mayoritariamente y con toda claridad por mantener inalterada la vigencia de la "ley de caducidad". El doble pronunciamiento popular no fue, sin embargo, óbice alguno para que la izquierda uruguaya continuara con sus reiterados intentos de derogarla; esta vez desde el Congreso, aprovechando su mayoría parlamentaria circunstancial. Pero el Supremo Tribunal se opuso rotundamente a que se imponga el principio de la retroactividad en materia penal, por entender que viola abiertamente la noción misma del Estado de Derecho, lo cual tiene enorme significación para todos los uruguayos por igual. La reacción del oficialismo ante el fallo de la Suprema Corte que no satisfacía sus aspiraciones fue tan ruidosa como lamentable. Ante una decisión adversa, no dudó un solo instante en presionar indebidamente, atacar y hasta tratar de intimidar al tribunal con manifestaciones y escraches, sugiriendo incluso la vía del juicio político para remover a sus miembros por estar en desacuerdo con el criterio seguido. Como si la Justicia fuera apenas un agente del poder político, cuando en las democracias es, por definición, un poder independiente que, por ende, debe actuar con imparcialidad y más allá de las presiones de los otros poderes del Estado, desde el gobierno y su entorno se agredió el principio de la separación de poderes, lo que en Uruguay es inédito. La gravedad de la situación obligó a que tres recientes ex presidentes, Julio María Sanguinetti, Jorge Batlle y Alberto Lacalle debieran salir a alertar públicamente a la población sobre las consecuencias de no respetar la independencia del Poder Judicial y de la actitud de agraviar infundadamente al máximo tribunal oriental. Obviamente esas conductas le hacen mal a las instituciones de toda democracia. El respeto al principio de equilibrios y contrapesos entre los tres poderes del Estado, mecanismo esencial de las democracias, estaba por quebrarse. La alarma que supuso la veloz acción coordinada de los tres ex primeros mandatarios uruguayos puso oportunos paños fríos sobre la situación, lo cual parecería haber aplacado las actitudes hostiles y las de corte revanchista, al menos por el momento. Lo cierto es que en Uruguay, ahora, se ha respetado la reiterada decisión popular de no seguir anclados en el resentimiento y empantanados en el pasado, y transitar, en cambio, el camino fértil de la reconciliación y el sereno entendimiento. Como muchas veces lo hemos destacado desde estas columnas, la lectura correcta de la historia exige una visión integral y comprensiva de los acontecimientos de violencia extrema que sufrió toda la región en los años setenta. La paz social, entonces, es una condición para cualquier gobierno que se proponga un mejor futuro, porque la confrontación no debe volver, y así lo ha comprendido y demostrado con su voto el pueblo uruguayo en repetidas oportunidades. Con su fallo, la Suprema Corte de Uruguay ha expresado que no se pueden utilizar las normas derivadas de las convenciones internacionales para intentar destruir los principios esenciales del Estado de Derecho, uno de los cuales, entiende, es el de la irretroactividad de las leyes penales, cualquiera que sea su naturaleza.. LA NACION 16/3/2013

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